Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora
Además de lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los Ayuntamientos en el Estado deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:
XX.- Cuentas públicas del organismo operador de agua potable, alcantarillado y saneamiento
XX.- Cuentas públicas del organismo operador de agua potable, alcantarillado y saneamiento;